SMA dicta instrucción para reporte estandarizado de componente de biodiversidad
El martes 5 de abril del 2022 fue publicada en el Diario Oficial la Res. Ex. N°343 MMA/SMA, que establece las “Instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental biodiversidad para todos los proyectos que cuentan con Resolución de Calificación Ambiental (RCA)". La exigencia aplica tanto a proyectos evaluados por vía de Declaraciones como de Estudios de Impacto Ambiental que contemplen la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control de los subcomponentes fauna, flora y vegetación, hongos y líquenes, los que deben presentar los datos utilizados para la elaboración de los informes de seguimiento ambiental como anexos al reporte de seguimiento, en los formatos establecidos por la SMA.

De acuerdo con la Resolución en comentario, la información que debe ser adaptada a estos formatos es la siguiente:
+ Informes sobre medidas de seguimiento ambiental futura,
+ Informes sobre medidas de seguimiento ambiental histórica e,
+ Informes de Línea Base Ambiental y Área de Influencia mediante la cual el proyecto o actividad fue sometida a la aprobación del SEIA.
Los plazos para adecuarse a los formatos señalados fueron modificados mediante Res Ex N°1174 MMA/SMA publicada en el Diario Oficial del 23/07/2022, y son los siguientes:
Tipo de dato | Fecha máxima de implementación |
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Según la exigencia de reporte de informes de seguimiento ambiental establecida en las RCA respectivas, a contar del 1 de octubre de 2022. |
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Desde el 01 de abril de 2023. |
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Fuente: Res. Ex. 1174/2022 MMA/SMA |
Por lo anterior, recomendamos a todos los titulares de RCA vigentes revisen e identifiquen en forma oportuna toda la información sobre Biodiversidad de sus proyectos evaluados, que deberán adecuar y reportar a la Superintendencia del Medio Ambiente a fin de dar cumplimiento a las instrucciones precedentes, en especial, considerando la complejidad de los formatos referidos y lo profuso de la información a completar, o para subsanar la eventual falta de registros sobre ésta.
Para revisar las Resoluciones en comentario:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1174417
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1179049
En caso de que usted necesite mayores detalles sobre la información precedente, le invitamos a comunicarse con nosotros a través de contacto@orbeconsultores.com a fin de absolver sus dudas y consultas.